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CONTROL IMMOBLES comercializa este terreno urbano en Sariñena, totalmente vallado, luz, agua y alcantarillado. Totalmente plano con una superficie de parcela de 812 m2.
El acceso al terreno se realiza a través de un puente, el cual permite la entrada de vehículos y es compartido con el terreno colindante. Esto proporciona comodidad y facilidad de movimiento para los propietarios y visitantes.
Normativa urbanística R4: Residencial, vivienda unifamiliar pareada o aislada.
El terreno ofrece diversas posibilidades para su desarrollo, ya sea para uso residencial o comercial, dependiendo de las necesidades y preferencias del comprador. Su extensión permite la construcción de una vivienda o edificio con amplias áreas, así como la posibilidad de contar con áreas verdes o espacios de estacionamiento.
Además, la presencia de la acequia agrega un atractivo adicional a esta propiedad, brindando un entorno natural y una fuente de agua cercana.
Este terreno ofrece una ubicación privilegiada para los amantes de la naturaleza y los observadores de aves, ya que al pasear por sus alrededores se puede acceder fácilmente a esta hermosa laguna. La Laguna de Sariñena ha sido declarada refugio de fauna silvestre debido a su importancia como hábitat para más de 200 especies de aves.
No pierda la oportunidad de adquirir este terreno urbano en Sariñena, ideal para aquellos que buscan invertir en un espacio con gran potencial y una ubicación privilegiada. ¡Contáctenos hoy mismo para obtener más información!
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API colegiado nº A13836 · AICAT nº 12645
AVISO LEGAL — De conformidad con el art. 20.1.c) del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007) y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye los impuestos ni los gastos derivados de la compraventa (notaría, registro e impuestos), salvo que se indique expresamente lo contrario. Según el régimen fiscal aplicable, la operación tributará por el IVA (Ley 37/1992) más el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), o bien por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), conforme al RDL 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel oficial (RD 1426/1989 y RD 1427/1989). La parte compradora no soporta gastos de honorarios de intermediación.