1 / 8
1 / 8
CONTROL IMMOBLES comercializa esta vivienda reformada de 3 habitaciones en el barrio de Ca n'Anglada, en Terrassa. Un piso que destaca por su buen estado de conservación, sus estancias funcionales y la comodidad de disponer de patio/galería.
Cuenta con 71 m² construidos y 65 m² útiles, distribuidos en tres habitaciones y un baño completo. Además, dispone de acceso llano, una característica que facilita la entrada y salida de la vivienda, incluso para personas con movilidad reducida.
La cocina y el baño han sido reformados. La vivienda cuenta con suelos de gres y ventanas de aluminio.
Una oportunidad para quienes buscan una vivienda reformada y funcional en Terrassa.
En Control Immobles te acompañamos en cada paso. Solicita información sin compromiso. Te asesoramos gratuitamente sobre tu hipoteca y te ayudamos a encontrar la mejor financiación para tu compra.
Descubre cómo trabajamos en www.controlimmobles.com y síguenos en Instagram, YouTube y TikTok.
Ten Control en tus acciones.
En Control Immobles te acompañamos en cada paso. Pídenos información sin compromiso: te asesoramos gratis en la hipoteca y te ayudamos a conseguir la mejor financiación.
Descubre cómo trabajamos en www.controlimmobles.com y síguenos en Instagram, YouTube y TikTok.
Ten Control en tus acciones.
API colegiado nº A13836 · AICAT nº 12645
AVISO LEGAL — De conformidad con el art. 20.1.c) del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007) y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye los impuestos ni los gastos derivados de la compraventa (notaría, registro e impuestos), salvo que se indique expresamente lo contrario. Según el régimen fiscal aplicable, la operación tributará por el IVA (Ley 37/1992) más el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), o bien por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), conforme al RDL 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel oficial (RD 1426/1989 y RD 1427/1989). La parte compradora no soporta gastos de honorarios de intermediación.